Dichas sanciones se establecen de la siguiente guisa en el artículo 13 de la Calidad 1562 de 2012: “El incumplimiento de los programas de Sanidad ocupacional, las normas en Vitalidad ocupacional y aquellas obligaciones propias del empleador, previstas en el Sistema Militar de Riesgos Laborales, causará multa de hasta quinientos (500) salarios m